Plantean definir en ley temporalidad de cargos de funcionarios públicos | Fernando Simon Gutierrez Perez

Plantean definir en ley temporalidad de cargos de funcionarios públicos

Plantean definir en ley temporalidad de cargos de funcionarios públicos

Saltillo, Coah. 21 de octubre de 2014.- Por medio de una Iniciativa, el diputado Fernando Simón Gutiérrez Pérez propuso definir en las leyes locales que los funcionarios públicos con cargos de titularidad al servicio del Estado o Ayuntamientos, son contratados de forma temporal y podrán ser separados de sus labores sin responsabilidad para la administración al concluir el periodo correspondiente, a fin de evitar juicios laborales por supuestos despidos injustificados que cuestan sumas millonarias con cargo al erario.

Explicó que en los últimos años, han visto cómo ex titulares, especialmente de dependencias estatales y municipales, ganan juicios laborales por supuestos despidos injustificados, por sumas millonarias; cuando en realidad esto no debió haber pasado, atendiendo a que son empleados de confianza y a los criterios de la Suprema Corte, que recalca que no podrán disfrutar de indemnización o readmisión en el empleo, así como de otras prestaciones previstas en la legislación nacional.

“Estas fallas le generan a los municipios y a los estados pérdidas multimillonarias vía liquidaciones laborales. Finiquitos que no debieron erogarse si la administración pública operase con reglas claras y, en su caso, con contratos precisos… Y, sin embargo la historia se sigue repitiendo” expuso Fernando Gutiérrez

Proyecto de Reforma

Modificar el artículo 25 del Estatuto Jurídico para los Trabajadores al Servicio del Estado de Coahuila para establecer que “Quienes ocupen los cargos de secretario de despacho, procurador, subprocurador, oficial mayor subsecretario, contralor delegado, subdelegado, director general, director de área, subdirector, coordinador general, coordinador de área, coordinador de programa, jefe de departamento y cualquier otro de similar naturaleza, se entienden contratados de forma temporal por la administración en turno, y serán separados de sus labores sin responsabilidad alguna para la administración al concluir el periodo constitucional correspondiente; e incluso en cualquier momento previo, si así lo acuerdan las autoridades competentes.

De igual forma con las personas que ocupen la titularidad de los departamentos, direcciones y áreas en los poderes Judicial y Legislativo.

Se incluyen las mismas disposiciones al artículo 259 del Código Municipal para el estado de Coahuila, aplicables a los cargos de tesorero, secretario del ayuntamiento, contralor, director de área o departamento, subdirector, gerente, subgerente, coordinador de área, coordinador de programa, y cualquier otro de similar naturaleza en el municipio o en sus organismos centralizados y descentralizados.

A la Iniciativa se le dio primera lectura, por lo que en próxima fecha será incluida en la agenda para su segunda lectura.

Fernando Simon Gutierrez Perez – Diputado local – PAN