Coadyuve Estado a que ciudadanos regularicen vehículos | Fernando Simon Gutierrez Perez

Coadyuve Estado a que ciudadanos regularicen vehículos


Proposición con Punto de Acuerdo que presenta el Diputado Fernando Simón Gutiérrez Pérez, conjuntamente con el Diputado Edmundo Gómez Garza del Grupo Parlamentario “Licenciada Margarita Esther Zavala Gómez del Campo” del Partido Acción Nacional, con objeto de que esta Soberanía envíe una atenta solicitud a la Secretaría de Economía y, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que a través de la Dirección de Aduanas se implemente un programa para el estado de Coahuila (y en su caso para todo el país) en el cual se puedan regularizar estatalmente los autos y camionetas considerados en los decretos que permiten la importación en la zona fronteriza; donde el estado garantice a la SHCP las contribuciones de aquellas personas que importan vehículos en la zona mencionada y que no los han regularizado en base al Acuerdo emitido para tal fin.

Asimismo, que esta legislatura solicite al Gobierno del Estado, que por conducto de la Secretaría de Finanzas implemente un plan integral de facilidades y beneficios fiscales para que los propietarios antes señalados puedan regularizar su situación con la hacienda estatal; independientemente de las primeras medidas que ya han sido anunciadas.

El tema de los autos de procedencia extranjera no legalizados de acuerdo a las leyes fiscales y aduanales del país no es nuevo, y es siempre polémico; es un tema de esos que generan posiciones políticas y sociales encontradas; ambas válidas, ambas legítimas y con buena dosis de razón en cada una. Por un lado la posición de quienes, del lado de las personas propietarias de estos vehículos, defienden sus derechos al patrimonio, a contar con un medio de transporte y a poseer auto, igual que cualquier otro, ya que se trata de no sólo de un medio de diversión o paseo, si no de una necesidad, que además es esencial para muchas familias.

Por otro lado, la postura nacionalista, y la de la legalidad; aquellos que señalan que se afecta a la industria automotriz nacional, y que se evaden impuestos que otros sí pagan.

Las verdades son claras, y con la misma claridad debemos citarlas: los gobiernos federales han permitido en distintas épocas la importación de vehículos usados; y si lo han permitido la culpa ya no es del ciudadano por aprovechar las oportunidades legales que le fueron brindadas.

En fecha reciente, por citar un ejemplo, el presidente Peña Nieto amplió el decreto que regula la importación definitiva de vehículos usados al territorio nacional (franja fronteriza) para darle una vigencia hasta el 31 de diciembre del presente año, ya que se vencía el 31 de enero del mismo.

En el decreto original de fecha 01 de julio de 2011, se hace referencia al Tratado de Libre Comercio con América del Norte, y al como no se puede prohibir en forma definitiva la importación de vehículos usados de los otros dos países, especialmente de Estados Unidos.

Así lo podemos leer en el decreto al que hacemos mención:

“….Que el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), en su Anexo 300-A, Apéndice 300-A.2, párrafo 24, establece que a partir del 1o. de enero de 2009 y gradualmente hasta el año 2019, México no podrá adoptar ni mantener una prohibición o restricción a la importación de vehículos originarios usados, provenientes del territorio de Canadá o de los Estados Unidos de América, en función del año modelo de antigüedad de los vehículos y, a su vez, el Artículo 302, párrafo 2, en relación con el Anexo 302.2 del propio Tratado, prevé una desgravación progresiva de aranceles a bienes originarios, incluidos los vehículos usados;

Que las obligaciones de México contenidas en el Apéndice 300-A-2, párrafo 24, son aplicables exclusivamente a vehículos usados originarios, provenientes del territorio de Canadá o de los Estados Unidos de América; y que la desgravación progresiva de aranceles a bienes originarios está condicionada a que se trate de vehículos que cumplan con la regla de origen específica y que dicha circunstancia se acredite con un certificado de origen válido;

Que la regla de origen específica aplicable a los vehículos automotores usados contenida en el Anexo 401, Sección B, Sección XVII denominada "Material de Transporte" y en el artículo 403, párrafo 5, del TLCAN, en relación con el Capítulo IV de dicho Tratado relativo a las Reglas de Origen, indica que los vehículos debieron ser producidos totalmente en el territorio de una o más de las Partes del TLCAN, y que adicionalmente es necesario acreditar un determinado porcentaje de contenido regional, el cual de conformidad con los artículos 401, 402, párrafos 1, 3, 4, 5, 8, 9, 10 y 11, y 403 del propio Tratado, se calculará utilizando el método de costo neto, que implica conocer el valor de los materiales utilizados en la producción del vehículo y su origen, y que una vez calculado el porcentaje del valor de contenido regional se estará en posibilidad de determinar si el bien califica como originario y proceder a su certificación…” Fin de la cita.

No menos importante, resulta leer el contenido del “ACUERDO que establece el Programa para que el Estado de Chihuahua garantice contribuciones en la importación definitiva de vehículos automotores usados que circulan en dicha entidad.

Publicado en el Diario Oficial de la Federación, en fecha 30 de octubre de 2012; donde consta lo siguiente:

“……CONSIDERANDO

Que el 29 de marzo de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se establece el Programa de fronterización de vehículos automotores usados en circulación en la zona conurbada "Ciudad Juárez" en el Estado de Chihuahua", con el objeto de que los residentes en los Municipios de Juárez, Práxedis G. Guerrero y Guadalupe, propietarios y/o tenedores de vehículos automotores usados en circulación, realizaran la importación definitiva de los mismos, y obtuvieran las placas de circulación en la franja o región fronteriza norte del país;

Que el 11 de abril de 2011 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el "Acuerdo por el que se establece el programa para que los gobiernos locales garanticen contribuciones en la importación definitiva de vehículos automotores usados destinados a permanecer en la franja y región fronteriza norte", con el objeto de establecer las condiciones para que las entidades federativas que teniendo parte o todo su territorio en la franja y región fronteriza norte del país, garanticen el pago de las contribuciones que pudieran causarse con motivo de la importación definitiva de vehículos automotores usados que provengan directamente del extranjero, así como de los que se encontraran en circulación, para permanecer definitivamente en dichas zonas;

Que mediante publicaciones realizadas en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, el 11 de mayo y 1 de octubre de 2011, el Gobierno del Estado declaró encontrarse en aptitud de garantizar el pago de contribuciones de conformidad con lo previsto en el Acuerdo referido en el considerando anterior, en virtud de lo cual el plazo para importar vehículos automotores usados que se encontraran en circulación, concluyó en esa entidad en noviembre de 2011;

Que tras la implementación de ambos programas en la citada Entidad, se logró un avance considerable al identificar vehículos que circulaban en los municipios fronterizos, otorgando así certeza jurídica a los propietarios de los vehículos para disponer de los mismos, al quedar debidamente inscritos en el Registro Público Vehicular y obtener placas de circulación en la Entidad;

Que derivado de la aplicación en el Estado de Chihuahua del Acuerdo citado en el segundo considerando, y conforme a sus requisitos, el 31 de octubre de 2011, se suscribió el Anexo No. 8 del "Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal" celebrado entre el Gobierno Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Estado de Chihuahua, mismo que fue publicado el 20 de diciembre de 2011 en el Diario Oficial de la Federación, el cual permite a la Entidad ejercer facultades de fiscalización en materia de comercio exterior en los límites del Estado, incluyendo el retiro de vehículos de procedencia extranjera respecto de los cuales no se acredite su legal estancia y tenencia en el país;

Que el pasado 26 de mayo de 2012, el Gobierno del Estado publicó el "Programa de Verificación Vehicular del Estado de Chihuahua", mediante el cual se establecen los lineamientos conforme a los cuales los vehículos que circulan en la Entidad deberán ser verificados en sus emisiones contaminantes, a partir del año 2012 en adelante;

Que en virtud de todo lo anterior, se considera conveniente continuar con las acciones para ordenar el parque vehicular en la Entidad, estableciendo medidas de facilitación administrativa para realizar la importación definitiva de vehículos usados actualmente en circulación, conforme al artículo 101 de la Ley Aduanera y demás disposiciones en la materia, propiciando la plena identificación de los vehículos que circulen en la Entidad y de sus propietarios y/o tenedores;

Que se estima conveniente adoptar un esquema temporal de facilitación administrativa que permita a la Entidad Federativa, garantizar las contribuciones que se causarían por la diferencia entre los precios estimados de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la base gravable declarada por sus residentes, en los casos en que haya lugar a otorgar dicha garantía, cumpliendo con los requisitos establecidos en el presente Acuerdo, y se trate de un solo vehículo automotor usado por cada residente que así lo solicite;
Que para que el presente Acuerdo contribuya a otorgar certeza jurídica respecto del patrimonio de las familias que han actuado de buena fe, se considera adecuado enfocar la facilitación administrativa, sólo respecto de importaciones que realicen personas físicas residentes en la Entidad Federativa….” Fin de la cita textual

En conclusión, el problema no es de fácil abordaje, pero se trata de legalidad, de tiempos, de certeza y de sentido común el poder arribar a una solución al problema de los autos importados irregulares en Coahuila.

Este grupo parlamentario no defiende la ilegalidad, no creemos en que se proteja o encubra la evasión fiscal, y mucho menos creemos justo que unos sí paguen impuestos y otros no.

Sin embargo, tampoco creemos en leyes draconianas, ni en medidas extremas y sorpresivas para despojar a la gente de sus derechos, de sus bienes, en especial cuando apenas “ayer”, de cierto modo, les eran reconocidos, quizá por omisión de las autoridades, quizá por viejos acuerdos entre las partes, o por una combinación de elementos variados.

Los propietarios de autos importados deben cumplir con la ley, deben pagar los impuestos que todos los demás si pagan, y deben regularizar sus autos con la hacienda federal y la local. Pero, tienen derecho a gozar de un plazo razonable para cumplir y de medidas fiscales que les permitan salir ganando a unos y a otros, a ellos el poder cumplir con sus obligaciones fiscales, y a las autoridades aplicar la ley.

Por las razones expuestas, presentamos a esta soberanía la siguiente

Proposición con Punto de Acuerdo

Que por las características del caso, solicitamos que sea resuelta en la vía de Urgente y Obvia Resolución.

Único.- Que esta Soberanía envíe una atenta solicitud a la Secretaría de Economía y, a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, para que a través de la Dirección de Aduanas, se implemente un programa para el estado de Coahuila (y en su caso para todo el país) en el cual se puedan regularizar estatalmente los autos y camionetas considerados en los decretos que permiten la importación en la zona fronteriza; donde el estado garantice a la SHCP las contribuciones de aquellas personas que importan vehículos en la zona mencionada y que no los han regularizado en base al Acuerdo emitido para tal fin.

Asimismo, que esta legislatura solicite al Gobierno del Estado, que por conducto de la Secretaría de Finanzas implemente un plan integral de facilidades y beneficios fiscales para que los propietarios antes señalados puedan regularizar su situación con la hacienda estatal; independientemente de las primeras medidas que ya han sido anunciadas.

Fundamos esta petición en los artículos 22, Fracción V, 23 Fracción IV, 163, 170, 171, 172 y 173 párrafo tercero, de La Ley Orgánica del Congreso del Estado de Coahuila.


ATENTAMENTE
“POR UNA PATRIA ORDENADA Y GENEROSA Y UNA VIDA MEJOR Y MÁS DIGNA PARA TODOS”
GRUPO PARLAMENTARIO “LICENCIADA MARGARITA ESTHER ZAVALA GÓMEZ DEL CAMPO” DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL

Saltillo, Coahuila a 30 de septiembre de 2014

DIP. FERNANDO SIMÓN GUTIÉRREZ PEREZ DIP. EDMUNDO GÓMEZ GARZA